Beneficios que provee la Ley de Quiebra:
¿CUÁL ES EL PROCESO DE QUIEBRA?
OPCIONES DE QUIEBRA
La quiebra es un procedimiento legal complejo que requiere análisis de muchos factores. La información que aquí se brinda es para propósitos exclusivamente informativos. Si su situación es similar a alguno de los ejemplos aquí incluidos, ello no necesariamente implica que la quiebra sea una alternativa para usted. La decisión sobre acogerse a la Ley de Quiebra sólo debe tomarse luego de consultar el caso con un abogado.
La quiebra es un proceso legal en el cual una persona o negocio que no puede pagar sus compromisos económicos puede relevarse del pago de algunas o de todas sus deudas para obtener un nuevo comienzo. El derecho a radicar quiebra está establecido en leyes federales de los Estados Unidos y todos los casos de quiebra se manejan en la corte federal. Con la radicación de un caso de quiebra, se paralizan inmediatamente todas las gestiones de cobro de sus acreedores.
Existen varios tipos de quiebra utilizados por individuos y negocios cuando deben más dinero del que pueden pagar. En Puerto Rico, los capítulos más utilizados son los Capítulos 7 y 13.
CAPÍTULO 7
El Capítulo 7 de la ley de quiebra se conoce también como liquidación, ya que es el proceso legal establecido para empresas y para individuos, con el objetivo de eliminar deudas a cambio de propiedades no exentas. En la gran mayoría de los casos, no hay bienes que liquidar por virtud de las exenciones, por lo cual lo único que se liquida son las deudas, pudiendo el deudor retener sus bienes y propiedades.
CAPÍTULO 13
El Capítulo 13 es comúnmente conocido como el “plan de pagos” o “ajuste de deudas”, ya que usted pagará un plan de pagos por un periodo de tres a cinco años. Su plan de pagos se diseña considerando su capacidad de pago, según establecen los criterios de la ley. Mediante este plan de pagos, usted puede incluir atrasos de préstamos hipotecarios, de auto, de pensión alimentaria,
así como de cualquier deuda que no se libera con una quiebra. Además, este capítulo le permite retener propiedades que no estén exentas, o cuyo valor supera los límites de las exenciones, al pagar este exceso de valor dentro del plan. La petición de quiebra bajo este capítulo está disponible para las personas naturales, y si es un matrimonio, puede radicar uno o ambos cónyuges.
CAPÍTULO 11
El Capítulo 11 se utiliza principalmente por empresas. Algunos individuos que exceden los límites permitidos para acogerse a un Capítulo 13 también pueden utilizar el Capítulo 11. La quiebra de Capítulo 11 les da tiempo a los deudores de reorganizar sus deudas y proponer un plan de pago. Mientras ello ocurre, la empresa tiene la ventaja de poder continuar abierta y operacional. El Capítulo 11 es el proceso de quiebra más complejo respecto a los demás capítulos del Código de Quiebras. Para ello es necesario consultar con un abogado con experiencia en quiebras en Puerto Rico.